Inscripción Curso de Medicina China y Acupuntura Energetica de Innate

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    1. Fotocopia DNI o Pasaporte.
    2. Fotocopia LEGALIZADA Título Secundario o Universitario. (No profesionales de la salud)
    3. Fotocopia LEGALIZADA Título Universitario como Profesional de la Salud.
  • REGLAMENTO

    MEDICINA CHINA y ACUPUNTURA ENERGÉTICA

    CONSIDERACIONES GENERALES

    Artículo 1: Sobre la Medicina China:

    La Medicina China no tiene reconocimiento oficial en nuestro país. Los certificados otorgados no habilitan a la práctica en ámbitos oficiales. El modelo teórico de la Acupuntura Energética es la matriz troncal del curso de Medicina China y Acupuntura Energética. Dentro de la misma se cursarán otras materias (obligatorias y optativas según capacitación del estudiante), anexas y complementarias a la materia troncal.

    El curso de Medicina China y Acupuntura Energética, tiene una duración mínima de 24 lecciones dictadas una al mes, con receso vacacional, pudiendo extenderse, considerando las materias optativas al programa básico. La Dirección se reserva el derecho de agregar o quitar materias de acuerdo al desarrollo de la formación, siempre con el afán y principal objetivo de optimizar la enseñanza. El alumno se guardará el derecho de realizar o no las materias optativas, dejando al docente y la dirección el derecho de evaluar y decidir si la formación del mismo es suficiente para la aplicación de lo aprendido, de acuerdo a sus estudios y formación previos. El estudiante siempre será notificado con anterioridad ante cualquier cambio.

    Artículo 3: Del Sistema de evaluación:

    La modalidad de evaluación en el curso de Medicina China y Acupuntura Energética es a través de exámenes por módulos (3 módulos de 8 lecciones cada uno), cuestionarios y prácticas clínicas supervisadas. El fundamento de las evaluaciones es la de producir campos de conocimiento mediante la comprensión, aplicación y relación de los contenidos vistos. Así mismo, el docente podrá decidir sobre la realización del examen a libro abierto, online u otras modalidades pertinentes. Las fechas de examen se notificarán con el suficiente tiempo para su preparación. Para cada uno de los tres módulos se deberá rendir un examen.

    Artículo 4: Examen final:

    Al finalizar la cursada el alumno/a deberá presentar un trabajo escrito a modo de tesina, cuya aprobación por un comité específico, le permitirá al alumno/a recibir el certificado del curso, siempre y cuando se hayan cumplimentado los requisitos del Artículo 3. El tiempo de entrega de la tesina es de 1 (un) año calendario de finalizada la cursada regular de las 24 lecciones. Finalizado este período, el estudiante deberá abonar una multa que se establecerá por la Dirección de Tesinas, si finalizado otro año calendario, el estudiante no canceló la multa ni entregó la tesina final será dado de baja del curso y tendrá que recursar las 24 lecciones, abonando las cuotas correspondientes.

    Artículo 5: Asistencia:

    Para aprobar las materias, será obligatorio estar presente el 80% de las clases sean presencial o en vivo online. Aquel alumno que no pudiera cumplir con este requisito puede solicitar clases de recuperación, abonando las clases brindadas en forma especial.

    Artículo 6: Arancel:

    El arancel mensual se abona en el momento del seminario presencial. Las cuotas se devengan mensualmente mientras el alumno no de una baja formal por escrito del cursado y éstas serán exigibles de cancelación. Es requisito indispensable y obligatorio, tener abonadas las cuotas antes de los exámenes por módulo. Aquel estudiante que tenga deudas, no podrá rendir los exámenes y quedará libre, teniendo que recursar con el grupo inmediato siguiente.

    Artículo 7: Cursada:

    De no mantenerse la cantidad de alumnos necesaria para la sustentabilidad del curso, la Dirección podrá suspender, modificar fechas, retrasar o realizar las modificaciones necesarias para la continuación del mismo. Si el/la estudiante decide abandonar la formación, pierde la regularidad de las clases. Podrá retomar desde la primer clase del módulo siguiente al aprobado, si no hubiere aprobado ningún módulo, deberá recursar desde la primera clase del módulo 1. Los recursantes deberán abonar el 50% de las cuotas ya abonadas, al valor corriente del momento de recursar. El tiempo para poder recursar es de 1 (un) año calendario o 1 (un) módulo del curso siguiente. Luego de ese tiempo, perderá la calidad de estudiante y deberá iniciar la formación desde el principio y abonar el 100% de cada cuota al valor corriente del momento.

    Artículo 8: Prácticas clínicas:

    La Dirección se reserva el derecho de modificar las condiciones establecidas, siempre con el afán y principal objetivo de optimizar la enseñanza; y el derecho de evaluar y decidir si la formación del estudiante es suficiente para la aplicación de lo aprendido.

    Artículo 9: Del cese voluntario y anticipado al cursado regular:

    Los/las estudiantes que decidan finalizar la cursada regular, en cualquiera de sus modalidades y por cualquier motivo que sea, deberá notificar por escrito, e indicar cohorte, modalidad y sede de cursado a Innate y al Departamento de Secretaría Académica de La Casa del Ser. La fecha de recepción de la nota, se tomará como fecha de cese para detener los devengamientos mensuales y obligatorios de la cuota mensual. Toda deuda contraída, previa a la fecha de recepción de la nota, deberá ser abonada y será alcanzada por las condiciones del Artículo 6.

    Artículo 10: Del Comportamiento:

    Se evaluará el comportamiento y la conducta de cada estudiantes en relación con sus compañeros, los docentes y el personal de Innate, La Casa del Ser y Cesab o instituciones colaboradoras. Cualquier actitud que sea considerada irrespetuosa hacia alguna de las personas mencionadas anteriormente, sea personal, por comunicaciones teléfonicas, por redes sociales o cualquier otro medio, obligará a la conformación de un comité interdisciplinario que resolverá la sanción, que puede incluir la suspensión o expulsión del estudiante, sin derechos a reclamar reintegro de las cuotas abonadas y sin consolidar el saldo de deuda, que será exigible por vía legal.

    Lic. Andrés I. Nieva

    Director La Casa del Ser

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